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11 de Septiembre de 2014

 

Por: Javier Romero

 

Juan Galindo, Pue.- Teniendo como antecedente una larga e intensa disputa tanto por el nombre del Pueblo como por el control político del mismo con un intento por convertirnos en Municipio Independiente en 1928 es como finalmente en 1936 se logra denominarnos Municipio Independiente.

A partir de 1903 que la Mexican Light and Power Company Limited empieza los trabajos de construcción del Sistema Hidroeléctrico de Necaxa es así como se considera el surgimiento de las 3 poblaciones que actualmente conforman nuestro Municipio: Necaxa, Nuevo Necaxa y Necaxaltepetl.

Los pobladores originales del Viejo Necaxa el cual quedo inundado y se encuentra actualmente en el fondo de la Presa de Necaxa, se dividieron, unos, la mayoría, accedieron a ocupar el terreno que la empresa había adquirido y designado para compensar por los terrenos, casas y edificios que tuvieron que abandonar, dicho terreno se le denomino Canadita debido al parecido que guardaba con Canadá, la patria de algunos de los inversionistas e ingenieros que llegaron a Necaxa; y otros, la minoría, se refugiaron en la parte más agreste del Cerro de Tlayahuantecuane para formar el Pueblo de Xoxocotlale.

El Gobierno del Estado de Puebla validó la creación del nuevo Pueblo con el nombre de Nuevo Necaxa de Canadita, aunque popularmente se le llamo y conoció como “Canaditas”.

Durante algunos años existieron diferencias por los servicios, el tianguis y el control político entre los habitantes de Canadita y los miles de trabajadores que llegaron a participar en la construcción del sistema Necaxa y que se alojaban en el Campamento Jacksonville, y al ser estos últimos de mayor razón y educación terminaron por obtener el gobierno de la junta auxiliar de Huauchinango, lo cual acentuó dichas diferencias y llevo a emprender una lucha por el control y el nombre de Necaxa para el pueblo donde vivían los pobladores originarios del viejo Necaxa.

El 27 de Agosto de 1923 el Gobernador del Estado de Puebla erige, mediante decreto, el grupo de población como Pueblo de Necaxa, lo que genera mayor inconformidad.

Estas diferencias fueron detectadas y analizadas por el Gobierno del Estado y para resolver de la manera más favorable y considerando la importancia que tenía la Mexican Light and Power Company es que se propone crear el Municipio de Necaxa el 26 de Enero de 1928, con los pueblos de Necaxa, Cuautlita, Papatlatla, Tenango, Xaltepec y ranchería de Nexapa, que eran lugares y terrenos donde la empresa tenía presencia con sus instalaciones, pero este decreto se derogo puesto que el Municipio de Huauchinango se opuso a que se le segregara territorio para conformar un nuevo Municipio.

Y es por fin que después de gestiones, negociaciones y definir lo más conveniente sin afectar a nadie y lograr el consenso de la población, es como el 11 de Septiembre de 1936 se promulga el decreto de formación del nuevo Municipio de Juan Galindo a partir de los Pueblos de Necaxa y Nuevo Necaxa, anteriormente dependientes del Municipio de Huauchinango (pertenecientes a Huauchinango como Junta Auxiliar).

A continuación y de manera íntegra se reproduce la publicación de dicho decreto en el Diario Oficial del Estado de Puebla:

“DECRETO que con los Pueblos de “NUEVO NECAXA” y “NECAXA” del ex distrito de Huauchinango, se formara un nuevo Municipio con el nombre de Juan Galindo.

JOSE MIJARES PALENCIA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes, hace saber:

Que por la Secretaria del H. Congreso del Estado, se me ha dirigido el siguiente:

DECRETO:

“El XXXI Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, decreta:

ARTICULO PRIMERO.---- Con los pueblos denominados “Nuevo Necaxa” y “Necaxa”, pertenecientes al ex - Distrito de Huauchinango, se formara un Nuevo Municipio con el nombre de “Juan Galindo”, debiendo radicar la cabecera en el primero de los pueblos mencionados.

ARTICULO SEGUNDO.--- El Jefe del Departamento Ejecutivo, en uso de sus facultades, designara el Concejo Municipal provisional respectivo y nombrara las autoridades correspondientes, dictando las demás disposiciones que estime oportunas para el exacto cumplimiento de lo que ordena el artículo anterior.

TRANSITORIO.--- Este decreto comenzara a surtir sus efectos desde la fecha de su publicación en el “Periódico Oficial” del Estado.

El Gobernador hará publicar y cumplir la presente disposición.--- Dada en el Palacio del Departamento Legislativo, en Puebla de Zaragoza, a los 11 días del mes de Septiembre de 1936.

Ernesto Espinosa Iglesias, D. P.

Armando Columbres, D. S.

Gabriel Domínguez, D. S.

Rubricas”

Por tanto, mando se imprima, publique circule y se le dé el debido cumplimiento

Palacio del Poder Ejecutivo, en Puebla de Zaragoza,

a los 23 días del mes de Septiembre de 1936

 

El Gobernador Constitucional del Estado

Gral. José Mijares Palencia

 

El Secretario General de Gobierno

Lic. Gustavo Ariza.

11 de Septiembre

78° Aniversario del Municipio de Juan Galindo

© imagen especial producciones 2015

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